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El anteproyecto de ley de comercio electrónico
obligará a las empresas a facilitar toda la información
sobre el servicio que ofrecen en Internet.
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En un intento por regular la legalidad
y la seguridad de las transacciones electrónicas y de los contenidos
que se difunden en Internet, el Anteproyecto de Ley de Comercio
Electrónico, presentado por el Gobierno el pasado mes de enero,
pretende proteger los intereses de los destinatarios de estos servicios
que, por desconocimiento, muchas veces pueden ser víctimas de fraudes
o actividades no legales.
El anteproyecto obligará a las empresas
a seguir unas normas básicas para poder ser prestatarios de servicios
en Internet. Por una parte, se trata de que las empresas ofrezcan
al consumidor la información necesaria para hacer sus transacciones.
Por otra, algunas empresas que ofrezcan o alojen contenidos, actuarán
de controladoras de la calidad y legalidad de los mismos.
Ante todo información
En primer lugar, las empresas deberán facilitar al visitante de
sus páginas una información completa acerca de su actividad así
como datos de su inscripción en el Registro Mercantil, domicilio
fiscal, etc. Lo más interesante para el consumidor es que podrán
exigir el precio del servicio, con los impuestos aplicables y los
gastos de envío. Las empresas también tendrán que facilitar al consumidor
la posibilidad de imprimir y archivar todos los datos referentes
a su contrato.
Las empresas, por otra parte, también deberán de informar a las
autoridades de cualquier actividad ilícita por parte del destinatario
del servicio.
Marketing por e-mail
Siguiendo con esta filosofía, la ley pretende que las comunicaciones
con fines comerciales se identifiquen como tales. En el caso concreto
del correo electrónico, la ley permite enviar publicidad no solicitada,
si bien garantiza el derecho de los destinatarios a oponerse a su
envío. Para ello, la empresa deberá facilitar la baja de exclusión
voluntaria, bien suscribiéndose a una lista o creando una propia.
Para mantener actualizada la información, las empresas estarán obligadas
a consultar estas listas al menos una vez al mes.
Además deberán incluir en el apartado reservado al "asunto" del
mensaje electrónico, la palabra "publicidad" o su abreviatura "publi",
de forma que el destinatario pueda eliminar el mensaje publicitario
sin necesidad de abrirlo.
Proteger los contenidos
Dentro de las competencias de las empresas también está la de "velar"
por la legalidad de los contenidos que alojan o enlazan. En principio,
las empresas sólo serán responsables de los contenidos que ellos
mismos elaboren o que se hayan elaborado por cuenta suya. Según
la ley, no serán responsables por el ejercicio de las actividades
de intermediación que impliquen la transmisión, copia, almacenamiento
o localización de contenidos ajenos, mientras no tengan conocimiento
de actividades ilícitas o que lesione derechos de un tercero. En
este caso, tendrían que avisar a las autoridades competentes.
Articulo publicado en Marketing y Comercio Electrónico
Fecha: Febero 2001
http://www.marketingycomercio.com
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